El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su Sentencia 803/2015, declaró el derecho a la percepción de las cuantías correspondientes a los distintos grados de carrera profesional para el personal funcionario interino de la Generalidad Valenciana.

El Tribunal Supremo, en su sentencia 402/2017, confirmó el fallo del Tribunal Superior de Justicia obligando a la Administración a modificar el actual Decreto de Carrera Profesional del personal al servicio de la Generalitat Valenciana (186/2014 de 7 de noviembre), de forma que sea incorporado al mismo el citado derecho del personal INTERINO expresado en la sentencia.

La Conselleria de Justicia, Administraciones Públicas sigue incumpliendo el mandato dado tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Superior de Justicia, y sigue sin publicar el citado Decreto.

El pasado mes de abril, pasó por la Mesa Sectorial de la Función Pública un proyecto de decreto, que, sin negociar, fue mandado a tramitar, sin que hasta la fecha haya sido publicado en el DOGV.

Habida cuenta del manifiesto incumpliendo de la Administración sobre este tema, el Sindicato de Interinos de FeSP-UGT-PV junto a IGEVA solicitamos incidente de ejecución de sentencia, y mediante providencia de 29 de mayo del 2018, la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha instado a la Administración a que cumpla de inmediato la citada sentencia que solo es posible mediante la publicación en el DOGV del Decreto que venga a regular el derecho a la percepción del complemento de carrera profesional de personal interino de la Administración del Consell.

Una vez se regule, instaremos a la administración a su aplicación al personal interino de nuestras universidades.

Si persiste el citado incumplimiento, en breves días, desde FeSP-UGT, a través de sus Responsables del Sindicato de Interinos de UGT, Rocío López, Cristina Monfort, Hector Escamilla y Ramón Climent, se instará a la Sala a que proceda a identificar a la autoridad que incumple la citada sentencia, y sancionar a la misma en los términos que legalmente corresponda.